Visto: la gestión de la firma Ch. M. Rajchman y Hno. S. A. tendiente
a que se prorroguen los plazos de los numerales 32 y 49 de la resolución
del Poder Ejecutivo del 25 de enero de 1989 (Declaratoria de Interés
Nacional).
Resultando: I) Que los plazos de aplicación del beneficio del
decreto ley 15.548 y de la exoneración del Impuesto de contralor
concedidos en dicha resolución se limitaron a un ejercicio;
II) Que habiendo hecho uso ya la empresa de parte de los beneficios, la
prórroga correspondería sólo por hasta un monto máximo de U$S 714.210.
Considerando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera
que puede accederse a lo solicitado en virtud de considerar aceptables los
motivos expuestos por la empresa.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria y Energía y lo dispuesto por el decreto ley 14.178 de 28 de
marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Prorrógase hasta el 30 de junio de 1990 los plazos previstos en el
numeral 3 inciso 1 y en el numeral 4 de la resolución de fecha 25 de enero
de 1989 -por la que se declaró de Interés Nacional el proyecto de
inversión de Ch. M. Rajchman y Hno. S.A.- por hasta un monto máximo de U$S
714.210.