DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. MEDEA S.A.




Promulgación: 25/10/1988
Publicación: 19/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 805

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   Otórgase a firma Medea S.A. la exoneración prevista en el artículo 1
del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984 hasta un monto máximo
generador de dicha exoneración, de U$S 1.207.100 que deberán integrarse
durante los siguientes ejercicios: 1/7/87- 30/6/88 y 1/7/88- 30/6/89.
   En virtud del Art. 3 del decreto ley 15.548, la empresa Medea S.A. no
gozará del beneficio de Canalización del ahorro previsto en el dec.
ley 14.178, Art. 9.
   La empresa Medea S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites judiciales que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo al Inciso 1º del presente numeral, hasta el
día 30/6/90.
Referencias al numeral
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