RECONOCIMIENTO DE CARRERA DE NIVEL UNIVERSITARIO. LICENCIATURA EN NUTRICION (PLAN 2006). UNIVERSIDAD CATOLICA DEL URUGUAY




Promulgación: 17/07/2008
Publicación: 28/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 173
VISTO: La solicitud de reconocimiento de la carrera Licenciatura en
Nutrición (Plan 2006) presentada por la Universidad Católica del Uruguay
Dámaso Antonio Larrañaga, con fecha 5 de diciembre de 2006.

RESULTANDO: I) Con fecha 13 de mayo de 2008, el Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada emitió el Dictamen N° 258 en el que concluye
que la mencionada carrera cumple con los requisitos previstos en el
Decreto 308/995 para ser considerada de nivel universitario.

II) Con fecha 2 de julio de 2008, la Dirección de Educación, en
consonancia con lo expresado por el Consejo Consultivo de Enseñanza
Terciaria Privada en el dictamen antes mencionado, sugiere el
reconocimiento de la carrera "Licenciatura en Nutrición" (Plan 2006)
dictada por la Universidad Católica del Uruguay "Dámaso Antonio
Larrañaga", dentro del Area de Conocimiento N° 2, Salud Humana.

CONSIDERANDO: Se ha cumplido con todos los requisitos dispuestos por la
normativa vigente para acceder a lo solicitado.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto Ley
15.661 de fecha 23 de octubre de 1984, por el Decreto 308/995 del 11 de
agosto de 1995 y sus modificativos, y a la Resolución del Consejo de
Ministros N° 813 del 2 de setiembre de 1997,

                    LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 RECONOCESE el plan de estudios 2006 de la carrera Licenciatura en
Nutrición, de la Universidad Católica del Uruguay Dámaso Antonio
Larrañaga, mediante la cual se otorgará el título de Licenciado en
Nutrición.

2

 ENCOMIENDASE a la Dirección de Educación la certificación de los
originales del Plan de Estudios para la institución y para esta Secretaría
de Estado.

3

 COMUNIQUESE a la institución gestionante, a la Dirección de Educación, al
Area de Educación Superior, a la Asesoría Letrada y al Consejo Consultivo
de Enseñanza Terciaria Privada. Cumplido, archívese.

MARIA SIMON
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