INFRACCION TRIBUTARIA. RADIODIFUSION. CARGAS Y SERVICIOS S.A.




Promulgación: 06/05/2003
Publicación: 13/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 946
                                                                          
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones, solicita la aplicación a la empresa "CARGAS 
Y SERVICIOS S.A.", de una multa de 30 U.R, (treinta Unidades 
Reajustables) por operar un sistema de radiocomunicaciones en condiciones 
diferentes a las autorizadas.-

RESULTANDO: que de los procedimientos inspectivos practicados surgió que 
la empresa "CARGAS y SERVICIOS S.A.", introdujo modificaciones en su 
sistema de radiocomunicaciones sin gestionar la previa autorización de la 
mencionada Unidad.-

CONSIDERANDO: I) que corresponde sancionar a la empresa "CARGAS Y 
SERVICIOS S.A.", por la falta cometida.-

II) que conferida a la administrada la vista reglamentaria prevista por 
el artículo 76 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, no 
compareció a su evacuación.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones y por las Asesorías Letradas de dicha 
Unidad y del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Aplícase a la empresa "CARGAS Y SERVICIOS S.A.", una multa de 30 U.R. 
(treinta Unidades Reajustables) por operar un sistema de 
radiocomunicaciones, en condiciones diferentes a las autorizadas.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones. a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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