PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. PAPELERA MERCEDES S.A. (PAMER S.A.)




Promulgación: 10/06/1998
Publicación: 24/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: La solicitud efectuada por el Centro de Papeleros de Mercedes, a
través de la F.O.P.C.U. (Federación Obreros Papeleros y Cartoneros del
Uruguay), a fin de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo
que abona el Banco de Previsión Social a 26 (veintiséis) empleados de la
empresa PAPELERA MERCEDES S.A. (PAMER S.A.).

 RESULTANDO: I) Que por razones de reestructura, con el objeto de mejorar
la competitividad a nivel internacional, la empresa dispuso el envío al
Seguro de Desempleo de más de sesenta trabajadores, a principios del
presente año.

            II) Que dicha medida, como es de notorio conocimiento, provocó
un pre-conflicto laboral, cuya solución se esta procesando por parte de
los interlocutores representativos de los sectores sociales involucrados y
los representantes del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social en la sede de esta última Secretaría de
Estado y en la Agencia Zonal de Mercedes.

 CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

              II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la
fuente de trabajo que proporciona la empresa, considerando especialmente,
que, dentro de las cláusulas contenidas en las actas suscritas, una de las
fórmulas negociadas respecto a los trabajadores que no pudieran ser
retomados en forma inmediata -por las causas descritas en el numeral I del
Resultando-, fuera que se propiciare ante el Poder Ejecutivo una prórroga
del Seguro de Desempleo, a efectos de otorgar plazo para que se
continuaran estudiando otras posibilidades de solución por parte de la
comisión tripartita implementada.

            III) Que resulta de interés general mantener una importante
fuente de trabajo, en virtud de la trascendencia que para la ciudad de
Mercedes (Soriano) tiene la empresa, pues, la no concesión del presente
beneficio, provocaría un problema social de difícil reparación para la
zona.

 ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

   Extiéndase por el plazo de 60 (sesenta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 26 (veintiséis)
trabajadores de la firma PAPELERA MERCEDES S.A. (PAMER S.A.), que se
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 01/07/1998.

SANGUINETTI - JUAN IGNACIO MANGADO
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