CESION DE OPERACIONES AERONAUTICAS. LOS CIPRESES S.A. CRISTALUX S.A.




Promulgación: 08/08/2016
Publicación: 30/08/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por las empresas LOS CIPRESES S.A. y CRISTALUX S.A para que se autorice a la primera de las nombradas a trasmitir los bienes y derechos de los cuales es titular, a favor de la nombrada en segundo término.

   RESULTANDO: I) que por la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica número 008/016 de 11 de enero de 2016, se prorrogó por el plazo de 180 días a la empresa LOS CIPRESES S.A., la dispensa de operar los servicios aeronáuticos autorizados por Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica número 166/015 de 11 de mayo de 2015, con excepción de las Rutas Montevideo-Buenos Aires-Montevideo y Montevideo-Asunción-Montevideo; según detalle de las rutas que se enumeran en la citada Resolución 008/2016.

   II) que ambas sociedades realizaron las correspondientes Asambleas Extraordinarias, en las que se resolvió aprobar la escisión de las operaciones aeronáuticas de LOS CIPRESES S.A. en CRISTALUX S.A.; para lo cual el 17 de agosto de 2015 celebraron un compromiso de Escisión, el cual establece que comprenderá la transferencia a CRISTALUX S.A. de las operaciones aeronáuticas de LOS CIPRESES S.A., lo cual incluye la transferencia de los permisos de operación que ha otorgado nuestro País, Certificado de explotador de servicios aéreos, (AOC), rutas y tarifas.

   CONSIDERANDO: I) que la cesionaria reúne las condiciones requeridas para desarrollar los servicios objeto de la cesión y que la cedente desarrolla los mismos en debida forma.

   II) que la Asesoría Económico Financiera establece que no tiene objeciones que realizar a la tramitación de las presentes actuaciones.

   III) que la Asesoría Letrada manifiesta que no hay objeciones que formular respecto de lo oportunamente peticionado.

   IV) que la Junta Nacional de Aeronáutica Civil resolvió ad referéndum recomendar la elevación al Poder Ejecutivo de la cesión de las autorizaciones para explotar servicios de transporte aéreo solicitadas por la empresa LOS CIPRESES S.A.

   ATENTO: a lo previsto por el artículo 118 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley 14.305 de 29 noviembre de 1974, por el literal "M" del artículo 23 y por los artículos 27 y 35 del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977, a lo informado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial, por la Asesoría Económico Financiera y por la Asesoría Letrada y a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Resolución ad referéndum de 26 de abril de 2016.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar a la empresa los CIPRESES S.A. a realizar la cesión de las operaciones aeronáuticas de las que es titular, las cuales incluyen la transferencia de los permisos de operación que ha otorgado nuestro País, Certificado de explotador de servicios aéreos (AOC), rutas y tarifas a favor de la empresa CRISTALUX S.A..

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ - DANILO ASTORI - VÍCTOR ROSSI
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