APROBACION DEL PROYECTO DE DOCUMENTO "PLAN DE INICIACION" A SUCRIBIRSE ENTRE LA AGENCIA URUGUAYA DE COOPERACION INTERNACIONAL, EL MVOTMA Y EL PROGRAMA DE LA NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de documento "Plan de Iniciación" a suscribirse entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo;
RESULTANDO: I) que el mismo tiene por objeto fortalecer los procesos de planificación y gestión territorial a nivel nacional, departamental y local, tanto en instrumentos existentes como en nuevos, mediante la integración del enfoque de sostenibilidad y adaptación al cambio y variabilidad climática en los instrumentos de ordenamiento territorial;
II) que el 5 de diciembre de 2019 se recabó la intervención de la Auditoría del Tribunal de Cuentas Destacada ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
III) que por Resolución de 11 de diciembre de 2019 el precitado Ministerio autorizó la suscripción del documento "Plan de Iniciación" así como la erogación emergente del mismo;
CONSIDERANDO: I) que se prevé la conformación de un Comité Técnico de Seguimiento del proyecto integrado por un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, uno de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional y uno del área de medio ambiente de la oficina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Uruguay;
II) que se considera conveniente y beneficiosa la suscripción del precitado Plan de Iniciación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986 y el artículo 33 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase el proyecto de documento "Plan de Iniciación" a suscribirse entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, (*) cuyo texto luce adjunto y forma parte de la presente resolución.