VISTO: la conveniencia de proceder a la reapertura de la Embajada de la
República en la República de Nicaragua;
RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de mayo de
1993 se dispuso la clausura de la Embajada de la República en la República
de Nicaragua;
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente proceder a la reapertura de la
referida Misión Diplomática, a fin de atender en forma más efectiva los
intereses de la República en dicho país, así como estrechar la
colaboración y cooperación en las áreas cultural, económica, comercial,
científica y tecnológica mediante la reapertura de la citada Misión
Diplomática;
ATENTO: a lo antes expuesto y lo dispuesto por los arts. 2, 3 y
concordantes de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 18
de abril de 1961 y los artículos 2, 3 y concordantes de la Convención de
Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE: