DECLARACION DE INTERES NACIONAL. III CONGRESO NACIONAL DE HOTELERIA




Promulgación: 04/10/1988
Publicación: 04/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 556
   Visto: el III Congreso Nacional de Hotelería organizado por la
Federación Uruguaya de Hoteles a celebrarse del 15 al 17 de noviembre de
1988 en los salones del Parque Hotel de esta ciudad.

   Resultando: I) Que en el Congreso citado se tratarán temas de vital
interés para el sector tales como la problemáica, diagnóstico y proyección
con vistas a la próxima década; hotelería y flujo turístico regional y
extra continental; nuevos caminos para atraer al turismo al Cono Sur y
propuestas para mejorar y unificar las normas reglamentarias de cada país;

II) Que en forma paralela y en la misma sede del evento se desarrollará
también una Exposición de Equipamiento Gastronómico Hotelero.

Considerando: I) Que el decreto 788/986 de 26 de noviembre de 1986 declaró
de Interés Nacional la actividad de inversión en el sector hotelero;

II) Que en mérito a lo expuesto y en virtud de la especial importancia
que reviste el evento premencionado para el turismo nacional corresponde
declarar al mismo de Interés Nacional.

   Atento: a lo expresado y a lo dispuesto por el artículo 7º, literal I)
del decreto ley 14.335 de 23/12/974 y artículo 84, numeral de 24/12/986,

                      El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional el III Congreso Nacional de Hotelería
organizado por la Federación Uruguaya de Hoteles a celebrarse del 15 al 17
de noviembre de 1988 en los salones del Parque Hotel de esta ciudad.

2

   Pase a sus efectos a la Dirección de Promoción y a la Dirección de
Relaciones Públicas del Ministerio de Turismo.

3

   Comuníquese, etc

SANGUINETTI - JUAN TAFERNABERRY
Ayuda