DELEGACION DE ATRIBUCIONES. EXTENSION AL FISCAL DE CORTE Y PROCURADOR GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 03/05/2000
Publicación: 11/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 822
VISTO: La necesidad de racionalizar el procedimiento de ordenamiento del
gasto correspondiente a la Junta Asesora en materia Económico Financiera
del Estado,

CONSIDERANDO: I) Que el inciso cuarto del artículo 6to. del Decreto No.
354/999 de fecha 12 de noviembre de 1999 establece el procedimiento a
seguir en las propuestas relativas a la contratación de personal, de
bienes y servicios por parte de la referida Junta Asesora, cometiendo a
la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación la verificación
de la correcta adecuación de lo solicitado con los cometidos que aquella
tiene asignados,

II) Que por Decreto No. 419/999 de fecha 29 de diciembre de 1999 se
asignó una partida para atender el presupuesto de sueldos, funcionamiento
e inversiones del referido órgano del Estado para el presente año,
autorizándose la suscripción de un convenio de asistencia preparatoria
con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo para su
instalación y funcionamiento,

III) Que el inciso segundo del artículo 4to. del Decreto No. 419/999
antes mencionado establece el procedimiento aludido en el Considerando I)
para aquellas contrataciones que superen el límite de las compras
directas, resolviendo la Junta Asesora las contrataciones por debajo de
dicho monto,

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 181 inciso octavo de la
Constitución de la República, los literales b) y c) del artículo 29 del
TOCAF y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 13/93 de 12 de Enero de
1993,

el MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA, en ejercicio de atribuciones
delegadas,

                                 RESUELVE

1

 EXTIENDESE la delegación de atribuciones de fecha 18 de setiembre de
1992 en el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, para las
compras de bienes y contrataciones de servicios correspondientes a la
Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado, hasta el tope
previsto en el literal b) del artículo 29 del TOCAF,

2

 DELEGASE las facultades de ordenador del gasto a que refiere el literal
c) del artículo 29 del TOCAF en la Junta Asesora en Materia Económico
Financiera del Estado, en lo concerniente a los fondos que se le asignen,
incluídos los desembolsos con cargo a lo dispuesto en el Decreto No.
419/999 de 29 de diciembre de 1999, para aquellas contrataciones que
superen el límite de las compras directas y hasta el monto de la
licitación abreviada, sin perjuicio de lo establecido en el inciso
segundo del artículo 4to. de dicho Decreto.

3

 COMUNIQUESE, etc.

ANTONIO MERCADER
Ayuda