AUTORIZACION PARA CREACION DE SERVICIO DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES MOVILES. CAAMEPA




Promulgación: 04/10/1988
Publicación: 04/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución Nº 956/993 de 20/10/1993 numeral 1.
   Visto: la solicitud formulada por el "Centro de Asistencia- Agrupación
Médica de Pando" (CAAMEPA), para la creación de un Servicio de Atención
Médica de Emergencia con Unidades Móviles.

   Considerando: I) Lo informado  por personal médico inspectivo de la
Dirección Coordinación y Control del Ministerio de Salud Pública;

   II) Que la necesidad del Servicio se halla plenamente justificada,
teniendo en cuenta que Pando y sus zonas adyacentes no cuentan  con este
tipo de atención y la población potencial a asistirse en el radio
propuesto es de aproximadamente 50.000 personas;

   III) Que la Dirección General de la Salud y la División Asuntos Legales
de esa Secretaría de Estado, no encuentra impedimentos en que se acceda a
lo solicitado.

   Atento: a lo dispuesto por el decreto del Poder Ejecutivo 578/986, de
26 de junio de 1986,

   El Presidente de la República

                            RESUELVE:

1

   Autorízase la creación de un Servicio de Atención Médica de Emergencia 
con Unidades Móviles, pertenecientes al "Centro de Asistencia- Agrupación
Médica de Pando" (CAAMEPA).

2

   Establécese que la correspondiente habilitación deberá recabarse del
Ministerio de Salud Pública. 

3

   Comuníquese. 

SANGUINETTI - SAMUEL VILLALBA
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