AUTORIZACION A PANTZIN S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTOS DE MONTEVIDEO, COLONIA, FRAY BENTOS, NUEVA PALMIRA, JUAN LACAZE, PAYSANDU, SALTO Y LA PALOMA. RESOLUCION ANP 72/3.760




Promulgación: 07/04/2015
Publicación: 13/04/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la gestión promovida por la empresa PANTZIN S.A. ante la Administración Nacional de Puertos.

   RESULTANDO: I) Que la citada firma solicita la habilitación para prestar servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas Estibadoras de Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en los Puertos de Montevideo, Colonia, Fray Bentos, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Paysandú, Salto y La Paloma (Muelle 3).

   II) Que la Administración Nacional de Puertos, luego de analizar la documentación presentada por la mencionada empresa, por Resolución de Directorio N° 72/3.760 de fecha 10 de febrero de 2015, autorizó su habilitación para la prestación de los servicios solicitados, supeditado a la aprobación por el Poder Ejecutivo.

   III) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo), la Dirección Nacional de Planificación y Logística y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expidieron al respecto sin formular observaciones.

   ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 del 8 de abril de 1992 y los Decretos Reglamentarios Nos. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 72/3.760 de fecha 10 de febrero de 2015, por la cual se autorizó la habilitación a la empresa PANTZIN S.A para prestar servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas Estibadoras de Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en los Puertos de Montevideo, Colonia, Fray Bentos, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Paysandú, Salto y La Paloma (Muelle 3).

2

   Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional a sus efectos.

TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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