DECLARASE DESIERTA LA LICITACION PUBLICA. CONCESION Y EXPLOTACION HOTEL 5 ESTRELLAS. ROCHA




Promulgación: 12/05/2004
Publicación: 19/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 969
   VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de setiembre de 
2003.

   RESULTANDO: Que por la misma se autorizó el llamado a Licitación Pública para la construcción, concesión y explotación de un Hotel 5 Estrellas con Casino en la Costa del Departamento de Rocha, desde el balneario La Coronilla y el balneario La Esmeralda.

   CONSIDERANDO: I) Que se aprobó el Pliego Particular de Condiciones a 
regir en el llamado, se fijó el precio del mismo, se integró la Comisión 
Asesora de Adjudicaciones y se cometió la fijación de la fecha de 
apertura de las ofertas al Ministerio de Turismo, así como todo el 
procedimiento licitatorio, menos la adjudicación y la declaración de 
desierta en su caso, que deberá realizarla el Poder Ejecutivo.

   II) Que por resolución del Ministerio de Turismo Nº 807/03 de fecha 15 de octubre de 2003 se fijó para el día 4 de febrero de 2004 a la hora 11:00 la apertura de las ofertas y se designó Escribano actuante.

   III) Que se realizaron las publicaciones de estilo según consta de fs. 58 a 64.

   IV) Que según acta de fs. 85, con fecha 4 de febrero de 2004 se 
procede a la recepción y apertura de la Licitación Pública de obrados, 
presentándose con su oferta el Sr. Ernesto Fossati, titular del Documento 
argentino Nº 3.379.978, el que expresa ser representante de la empresa 
Lanetur S.A., por Fossati Hnos. S.C.

   V) Que el Artículo 23 del Pliego Particular de Condiciones, estableció la obligatoriedad de depositar, con una antelación de 5 días hábiles a la 
fecha de la apertura, garantía de mantenimiento de oferta, y según 
informe de la Tesorería del Ministerio de Turismo de fs. 84 vto., hasta 
la fecha de la misma no había sido efectuado el depósito 
correspondiente.

   VI) Que tal circunstancia surge del acta de fs. 85, por la que se expresa que la oferta no está en condiciones de ser admitida.

   VII) Que consultada la Asesoría Letrada del Ministerio de Turismo ésta 
informa que el procedimiento licitatorio ha quedado trunco, debido a que 
la única oferta presentada no fue admitida por no ir acompañada de la 
respectiva garantía de mantenimiento, debiéndose proceder a declarar 
desierto el llamado.

   VIII) Que por nota de fecha 9 de marzo de 2004 la empresa Lanetur 
S.A., manifiesta su interés de comenzar una negociación en forma directa, y agrega una carta intención del Banco de Seguros del Estado, de fecha 5 de marzo de 2004, por la que dicha institución expresa que estaría en 
condiciones de emitir la póliza respectiva, siempre que la firma cumpla 
con los requisitos de solicitud y demás obligaciones que son de estilo.

   ATENTO: A lo expresado, y a lo dispuesto por el Literal B del artículo 33 del TOCAF 1996.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE:

1

   Declárase desierta la Licitación Pública para la construcción, concesión y explotación de un Hotel 5 Estrellas con Casino en la Costa 
del Departamento de Rocha, desde el balneario La Coronilla y el balneario La Esmeralda.

2

   Pase al Ministerio de Turismo.

BATLLE - JUAN BORDABERRY - ISAAC ALFIE
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