Exonérase en forma total a la empresa CH. M. RAJCHMAN Y HNO. S.A., de
todo recargo incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a la Importación,
Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento
previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la industria
nacional":
* Veinte (20) telares de aire neumáticos, completos, con accesorios y
repuestos.