Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de agosto de 1986
referida, en el sentido de exonerar a Creder S.A. de recargos, incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la
Importación, Tasa de Movilizaciones de Bultos y en general de todo tributo
cuya aplicación pudiera corresponder en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento, no competitivo nacional.
Una (1) carda para algodón, poliester, viscosa, acrílico y sus mezclas.
Una (1) máquina de hilar a cabo abierto para trabajar algodón, viscosa,
acrílico y sus mezclas.
Dos (2) manuares de cilindros para trabajar algodón, poliester, viscosa,
acrílico y sus mezclas.