Visto: la necesidad de atender en forma más efectiva los intereses de
la República en el Reino de Thailandia y promover las amistosas relaciones
entre ambos países, estrechando la colaboración y la cooperación en las
áreas cultural, económica, comercial, científica y tecnológica, mediante
el establecimiento de una Misión Diplomática en ese país;
Resultando: que el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
Gobierno del Reino de Thailandia acordaron establecer relaciones
diplomáticas a nivel de Embajadores el 15 de junio de 1976;
Considerando: la conveniencia de instalar una Embajada y Oficina
Consular residente en el Reino de Thailandia;
Atento: a lo dispuesto por los artículos 2. 3 y concordantes de la
Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de
1961, y los artículos 2, 3 y concordantes de la Convención de Viena
sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963;
El Presidente de la República
RESUELVE: