HOMOLOGACION DE CONVENIO COLECTIVO. CREACION DE CAJA DE AUXILIO O SEGURO CONVENCIONAL DE ENFERMEDAD. AGENCIA CENTRAL S.A., CHADRE S.A., ENCOMIENDAS DEL LITORAL LTDA., SABELIN S.R.L., e IVARAN S.A.




Promulgación: 29/05/1996
Publicación: 13/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1145
Ver vigencia: Resolución Nº 610/996 de 10/07/1996 numeral 1.
   Visto:  La solicitud de homologación del Convenio Colectivo y
otorgamiento de la Personería Jurídica de Caja de Auxilio, efectuado con
fecha 13 de marzo de 1995 entre las empresas Agencia Central S.A., Chadre
S.A., Encomiendas del Litoral Ltda., Sabelín S.R.L. e Ivarán S.A. y por
otra parte los representantes del personal de las empresas.

   Resultando: I) Que el Convenio tiene por objetivo crear una Caja de
Auxilio o Seguro Convencional de Enfermedad de acuerdo a las disposiciones
de la Ley Nº 14.407 del 27 de julio de 1975;

   II) Que se advirtió por la Administración, haber padecido error en la
Resolución del 7 de febrero de 1996, en cuanto se homologaba el Convenio
Colectivo de fecha 13 de diciembre de 1995, cuando en verdad la fecha de
dicho Convenio fue 13 de marzo de 1995;

   Considerando: I) Que se ha cumplido con el requisito de aprobación del
texto del Proyecto de Estatuto por parte del personal;

   II) Que de acuerdo al informe de la Gerencia del Area Asesoría Letrada
del Banco de Previsión Social, luego de haberse salvado las observaciones
formuladas, se dio conformidad a lo solicitado;

   III) Que encontrándose ajustado a lo exigido tanto los términos del
Convenio Colectivo como la solicitud de otorgamiento de personería
jurídica procede su homologación;

   IV) Que procede corregir el error padecido en la Resolución de fecha 7
de febrero de 1996, edictando nueva Resolución homologatoria;

   Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dictaminado por la
Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en fecha
10 de enero de 1996, a lo establecido en el inciso 2, numeral 5 del
Artículo 41 del Decreto Ley Nº 14.407 y al Artículo 17 del Decreto Nº
7/976;

                       El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto la Resolución de fecha 7 de febrero de 1996 respecto
a la homologación del Convenio Colectivo y otorgamiento de la personería
jurídica de la Caja de Auxilio referida y en su lugar se tenga la
presente.

2

 Homológase el Convenio Colectivo celebrado con fecha 13 de marzo de 1995
entre Agencia Central S.A., Chadre S.A., Encomiendas del Litoral Ltda.,
Sabelín S.R.L. e Ivarán S.A. y por otra parte los Representantes del
Personal de las Empresas a efectos de crear una Caja de Auxilio o Seguro
Convencional de Enfermedad. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

3

   Concédese la Personería Jurídica de dicha Caja de Auxilio.

4

 Procédase al Registro de Convenio en el  Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y publíquese en el Diario Oficial a los efectos
correspondientes

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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