MODIFICACION DE LA LICITACION PUBLICA N° 01/2010 RELATIVO A LA ADQUISICION DE UNA PLATAFORMA PARA LA IMPLANTACION DE LA INFRAESTRUCTURA NACIONAL DE CERTIFICACION ELECTRONICA




Promulgación: 05/09/2011
Publicación: 14/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 651
VISTO: La necesidad de ampliar las prestaciones objeto de la Licitación
Pública Internacional N° 01/2010 convocada por AGESIC para la adquisición
de una plataforma para la implantación de la Infraestructura Nacional de
Certificación Electrónica (PKI Uruguay);

RESULTANDO: I) que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige
la mencionada Licitación comprende dos Renglones: a) Servicios
profesionales de Consultoría y Certificación (Renglón N° 1); y b)
Infraestructura de la root-CA (Renglón N° 2);

II) que por Resolución del Director Ejecutivo de AGESIC N° 51/010 de 9 de
noviembre de 2010, se dispuso la adjudicación del Renglón 1 a la firma De
Luca Roberto, Impallomeni Fulvio y otros (Deloitte S.C.), del Renglón 2 y
del ítem opcional "Creación del ambiente de testing" al consorcio
conformado por las firmas TB Solutions Advanced Technologies S.L. y Tilsor
S.A.;

III) que las empresas adjudicatarias se encuentran cumpliendo
satisfactoriamente con el objeto de la mencionada contratación;

CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente ampliar los contratos celebrados
con la empresa De Luca Roberto, Impallomeni Fulvio y otros (Deloitte S.C.)
y con el consorcio conformado por las firmas TB Solutions Advanced
Technologies S.L. y Tilsor S.A., aumentando en un 100% las prestaciones
objeto de los Renglones 1 y 2, así como del ítem opcional mencionado;

II) que se solicitó a las empresas adjudicatarias que prestaran su
consentimiento para la ampliación pretendida, las cuales manifestaron su
acuerdo con la misma;

III) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones sostuvo, en su informe de
fecha 11 de julio del año en curso, la procedencia de dicha ampliación al
amparo de lo dispuesto en el artículo 63 del Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);

IV) que procede atender a la recomendación de la Comisión Asesora de
Adjudicaciones;

V) que el Área Administración General de AGESIC ha expedido la constancia
de afectación del crédito, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
27 de la ley 17.243 de 29 de junio de 2000;

VI) que se cuenta con la intervención preventiva del gasto del Tribunal de
Cuentas;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 63
del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF)
aprobado por Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

1

 Amplíase en un 100% el Renglón 1: "Servicios profesionales de Consultoría
y Certificación" de la Licitación Pública Internacional N° 01/2010
oportunamente adjudicada a la firma De Luca Roberto, Impallomeni Fulvio y
otros (Deloitte S.C.), por el monto de hasta U$S 100.651 (dólares
estadounidenses cien mil seiscientos cincuenta y uno con 00/100) IVA
incluido.

2

 Amplíase en un 100% el Renglón 2 "Infraestructura de la root-CA" y del
ítem opcional "Creación de un ambiente de testing" de la Licitación
Pública Internacional N° 01/2010, oportunamente adjudicada al Consorcio
conformado por las firmas TB Solutions Advanced Technologies S.L. y Tilsor
S.A., por el monto de hasta de U$S 193.517,62 (dólares estadounidenses
ciento noventa y tres mil quinientos diecisiete con 62/100) IVA incluido.

3

 Autorízase con los fines indicados, la erogación de hasta U$S 294.168,62
(dólares estadounidenses doscientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y
ocho con 62/100) IVA incluido, la cual se atenderá con cargo al Inciso 24:
"Diversos Créditos", Unidad Ejecutora 002: "Presidencia de la República",
Programa 369, Proyecto 852, Financiamiento 1.1: "Rentas Generales".

4

 En todos los aspectos correspondientes a esta ampliación, regirán las
mismas condiciones establecidas en la contratación original que se amplía.

5

 Autorízase al Director Ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo del
Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del
Conocimiento (AGESIC), a firmar los contratos relativos a la presente
ampliación.

6

 Notifíquese a los interesados.

JOSÉ MUJICA
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