Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Sindicato de FUNSA a fin de que se amplíe el
beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión
Social, a 162 (ciento sesenta y dos), de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo, que en la
actualidad no pueder ser reintegrado.
CONSIDERANDO: Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 15.180.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 162 (ciento sesenta
y dos) trabajadores de la firma FUNSA que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.