TRANSFERENCIA A LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO CON DESTINO AL FONDO DE ESTABILIZACION ENERGETICA, EL MONTO QUE SE DETERMINA




Promulgación: 30/07/2013
Publicación: 05/08/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 330
VISTO: el artículo 773 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y
el decreto N°. 442/011, de 19 de diciembre de 2011.

RESULTANDO: I) que el artículo 773 de la Ley N° 18.719 creó el Fondo de
Estabilización Energética (FEE) con el objetivo de reducir el impacto
negativo de los déficits hídricos sobre la situación financiera de la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y sobre
las finanzas públicas, que estará constituido en la Corporación Nacional
para el Desarrollo (CND).

II) que el artículo 3° del Decreto N° 442/011 determina los aportes al FEE
que serán efectuados por UTE a Rentas Generales, a través de versiones con
ese destino específico.

III) que de acuerdo a la norma mencionada en el resultando anterior UTE
efectuó un aporte a Rentas Generales por el ejercicio 2012 de U$S
30:979.813 (treinta millones novecientos setenta y nueve mil ochocientos
trece dólares de los Estados Unidos de América) que corresponde al 6,5% de
su tope máximo, el que se sitúa en UI 4.000:000.000 (cuatro mil millones
de unidades indexadas).

IV) que en función de las condiciones de hidraulicidad imperantes en el
presente año, UTE efectuó un adelanto del aporte anual correspondiente al
ejercicio 2013 de U$S 120:000.000 (ciento veinte millones de dólares de
los Estados Unidos de América).

CONSIDERANDO: que corresponde que el Poder Ejecutivo transfiera a la CND
los montos a los que aluden los Resultandos III y IV.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Transfiérese a la Corporación Nacional para el Desarrollo el monto de U$S
150:979.813 (ciento cincuenta millones novecientos setenta y nueve mil
ochocientos trece dólares de los Estados Unidos de América) vertidos por
la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a Rentas
Generales, con destino al Fondo de Estabilización Energética, por concepto
del aporte correspondiente al ejercicio 2012 y adelanto del aporte del año
2013.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 Las transferencias mencionadas en el numeral anterior se realizarán de la
siguiente manera:

-     U$S 100:000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de
      América) en el mes de julio de 2013.

-     U$S 50:979.813 (cincuenta millones novecientos setenta y nueve mil
      ochocientos trece dólares de los Estados Unidos de América) en el
      mes de agosto de 2013.

3

 La presente Resolución se dicta ad referéndum de su aprobación por el
Tribunal de Cuentas.

4

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN
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