Visto: la solicitud de la firma Monseste S.A. que se dedica a la
explotación del Hotel, Confitería y Salón de Té L'Auberge, en el barrio
Parque del Golf de Punta del Este tendiente a obtener al amparo de la ley
14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la declaración de
Interés Nacional para la actividad que se propone realizar según su
proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la construcción de
habitaciones y el mejoramiento de varios servicios;
II) La Dirección Nacional de Turismo se expidió favorablemente
respecto a la conveniencia del proyecto y su inserción dentro de la
política turística;
III) El proyecto cuenta parcialmente con recursos del Fondo de
Financiamiento de Inversiones para el Desarrollo, proporcionado por la
Circular 1031 del Banco Central del Uruguay del 4 de setiembre de 1980 que
posibilita su desarrollo;
IV) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Monseste S.A. y propone medidas promocionales.
Considerando: que el proyecto presentado por la firma Monseste S.A.,
es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan
Nacional de Desarrollo en cuanto incrementa la incidencia económica del
sector Turismo, mediante el mejoramiento y ampliación de la
infraestructura turística.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de
Promoción Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción
Industrial del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión presentado por Monseste S.A., dedicada a la explotación del
Hotel, Confitería y Salón de Té L'Auberge en el barrio Parque del Golf de
Punta del Este, para la construcción de habitaciones y el mejoramiento de
varios servicios.
GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI -
ESTANISLAO VALDES OTERO