AUTORIZACION PARA TRANSFERENCIA DE USO DE FRECUENCIA. RADIODIFUSION. 99.1 MHZ. CANAL CX 256. CERRO LARGO




Promulgación: 28/05/1996
Publicación: 10/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1136
Referencias a toda la norma
  Visto: estas actuaciones por las cuales los señores Ruben Darío Lucas
Botti, en calidad de titular de la frecuencia 99.1 Mhz., Emisora de FM
(CANAL CX 256) de la localidad de Melo, departamento de Cerro Largo,
Augusto César Rondán Olivera y Fernando Rodolfo Rondán Olivera, solicitan
la autorización del Poder Ejecutivo para transferir el uso de dicha
frecuencia a la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada "Ciudad de
Melo S.R.L." que los dos últimos constituyeron.

  Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 570 de 11 de
julio de 1984 fue otorgada al señor Ruben Darío Lucas Botti el uso de
dicha frecuencia, con una potencia de 75 Kw. y una altura media de antena
de 100 metros.

II) que con fecha 2 de enero de 1995, falleció el señor Ruben Darío Lucas
Botti.

III) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones
255/995 de 21 de abril de 1995, se autorizó provisionalmente a Jorge
Darío, Ruben Darío y Diana Margarita Lucas Navarrete, sucesores de Ruben
Darío Lucas Botti, a mantener en funcionamiento las Estaciones del
"Servicio de Radiodifusión" Canal 12 de televisión de Melo y FM 99.1 Mhz
(Canal 256) de la misma ciudad, sin perjuicio de la Resolución definitiva
que dictara el Poder Ejecutivo.

IV) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 252/996 de 26 de marzo de
1996, se ratificó la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones
255/995 mencionada.

  Considerando: I) que el señor Ruben Darío Lucas Botti prestó su
conformidad con la presente gestión y los señores Augusto César Rondán
Olivera y Fernando Rodolfo Rondán Olivera acreditaron cumplir con las
condiciones exigidas por los Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978,
586/990 de 18 de diciembre de 1990 y 347/992 de 11 de julio de 1992.

II) lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones en el sentido
de que como el señor Ruben Darío Lucas Botti solicitó en vida la
transferencia citada, no se precisa ahora ninguna nueva comparecencia o
ratificación de los herederos de dicha persona.

  Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones, a lo dispuesto por el artículo 1ro. del
Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977 y los artículos 15 y 16 del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.

                      El Presidente de la República,

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia del uso de la frecuencia 99.1 Mhz.
(Canal CX 256) en que opera una Emisora de FM en la localidad de Melo,
departamento de Cerro Largo, a favor de la Sociedad de Responsabilidad
Limitada denominada "CIUDAD DE MELO S.R.L." integrada por los señores
Augusto César Rondán Olivera y Fernando Rodolfo Rondán Olivera.
Referencias al numeral

2

  Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

BATALLA - JUAN LUIS STORACE
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