AUTORIZACION A UTE LA IMPORTACION DE ENERGIA ELECTRICA. ENDESA CEMSA S.A. Y TRADENER LTDA.




Promulgación: 11/09/2012
Publicación: 19/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 802
VISTO: que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
(UTE), promueve la aprobación del Poder Ejecutivo para la importación de
energía eléctrica resultante de la contratación directa con las firmas
ENDESA CEMSA S.A. y TRADENER LTDA..

RESULTANDO: I) que por Resolución 12 -362, de 9 de marzo de 2012, el
Directorio de UTE dispuso, al amparo del artículo 33, numeral 3°, literal
G) del TOCAF, la contratación directa con las empresas ENDESA CEMSA S.A. y
TRADENER LTDA.;

II) que según lo dispuesto por el art. 5° de la ley 14.694, de 1° de
setiembre de 1977, este contrato debe ser autorizado por el Poder
Ejecutivo al tratarse de importación de energía eléctrica;

III) que el gasto fue observado por el Tribunal de Cuentas en sesión de
fecha 17 de abril de 2012, en virtud de la falta de disponibilidad
presupuestal para la erogación;

IV) que por resolución fundada de UTE, de 26 de abril de 2012, se reiteró
el gasto comunicando al Tribunal de Cuentas dicha resolución.

CONSIDERANDO: I) que en informe técnico de la Dirección Nacional de
Energía de fecha 14 de agosto de 2012, se concluye que no existen
objeciones técnicas para el otorgamiento de la autorización solicitada por
UTE.

II) que en base a lo expuesto y habiéndose acreditado la necesidad de la
compra de energía eléctrica debido a las reservas en aquella oportunidad
de la Central Terra, el estado del parque generador térmico, así como la
situación del sistema argentino, que determinarían en caso de ocurrir
sequías crónicas, la necesidad de recurrir a cortes compulsivos para el
invierno y estando plenamente justificada la suscripción del contrato de
importación de energía eléctrica, la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería sugiere otorgar la autorización solicitada.

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido por el Decreto - Ley N° 15031 de 4
de julio de 1980, artículo 4 literal c) (Ley Orgánica de UTE) y la
aprobación del Poder Ejecutivo a través del Decreto - Ley N° 14.694, de 1°
de setiembre de 1977, artículo 5 (Ley Nacional de Electricidad);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar la compra e importación de energía eléctrica por parte de la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.),
resultante de la contratación directa con la empresas ENDESA CEMSA S.A. y
TRADENER LTDA.

2

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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