OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. IZETA LOPEZ S.A.




Promulgación: 25/04/2000
Publicación: 04/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Empresa IZETA-LOPEZ SOCIEDAD
ANONIMA, a fin de que se otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo que
abona el Banco de Previsión Social, a diecisiete (17), de sus
trabajadores.

RESULTANDO: I) Que por razones de disminución en la demanda de sus
productos, se dispuso el envío al Seguro de Desempleo a parte de sus
trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la actividad
laboral de los mismos, por lo que la extensión del beneficio hará posible
el reintegro de los trabajadores así como mantener la fuente de trabajo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa) días a contar desde los
respectivos vencimientos, el beneficio del Seguro por Desempleo que abona
el Banco de Previsión Social, a diecisiete (17), trabajadores de la firma
IZETA-LOPEZ SOCIEDAD ANONIMA, que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo. 

2

 El monto del subsidio por desempleo que por esta Resolución se otorga,
se calculará de conformidad a lo establecido en el artículo 6º del
Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981. 

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

BATLLE - JUAN MA. BOSCH
Ayuda