DENEGACION DEL RECONOCIMIENTO DE LA CARRERA "MAESTRIA EN COMUNICACION". INSTITUTO UNIVERSITARIO BIOS




Promulgación: 05/09/2012
Publicación: 14/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 768
VISTO: La solicitud de reconocimiento de la carrera "Maestría en
Comunicación" presentada por el Instituto Universitario BIOS, con fecha 31
de marzo de 2009.

RESULTANDO: I) Con fecha 26 de junio de 2012, se emitió el Dictamen N°
353, en el que el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada
establece que "Efectuado el estudio de los informes de los evaluadores
Ricardo Viscardi y Gabriel Kaplún y teniendo en cuenta el documento
presentado por el Instituto BIOS en respuesta a la vista de los mismos,,
(...) entiende que dicha carrera no alcanza la suficiencia académica
requerida para una maestría en Comunicación.", y que "De acuerdo a los
informes de los evaluadores, entre otros aspectos se destaca la falta de
coherencia y articulación entre los objetivos, el perfil de egreso y los
contenidos curriculares. Asimismo, carece de un cuerpo docente con el
grado de formación específica que requiere una maestría y presenta un
déficit en la atención adecuada de los estudiantes para el desarrollo de
la investigación".

II) Con fecha 16 de julio de 2012, el Instituto Universitario BIOS
presenta respuesta al Dictamen N° 353.

III) En atención a la evaluación de la vista, y de acuerdo a lo dispuesto
en el Art. 22, inciso 2° del Dec. 308/995, el CCETP emite el Dictamen N°
359 en el que "resuelve no acceder a lo solicitado, ratificando lo
expresado en el Dictamen 353, el no reconocimiento de la carrera."

IV) Con fecha 21 de agosto de 2012, la Dirección de Educación en
consonancia con lo expresado por el Consejo Consultivo de Enseñanza
Terciaria Privada en los dictámenes antes mencionados, sugiere denegar el
reconocimiento de la carrera Maestría en Comunicación solicitado por el
Instituto Universitario BIOS.

CONSIDERANDO: Que se han cumplido todos los aspectos formales y de
trámite.

ATENTO: A lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.661 de 29 de octubre de
1984 y el Decreto N° 308/995 del 11 de agosto de 1995 y sus modificativos,
y a la Resolución del Consejo de Ministros N° 813 de 2 de setiembre de
1997,

                  EL MINISTRO (I) DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DENIÉGASE el reconocimiento de la carrera Maestría en Comunicación
solicitado por el Instituto Universitario BIOS.

2

 NOTIFÍQUESE al Instituto Universitario BIOS, y comuníquese a la Dirección
de Educación, al Área de Educación Superior, y al CCETP. Cumplido,
archívese.

OSCAR GÓMEZ
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