PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. NORTEL S.A.




Promulgación: 24/01/1996
Publicación: 06/02/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: El planteo efectuado por NORTEL S.A., solicitando la extensión
del Seguro por Desempleo para 7 (siete) de sus trabajadores.

  Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a  parte de su personal al Seguro por
Desempleo.

II)  Que factores coyunturales adversos, ajenos a su producción, que
han afectado la Industria Automotriz Nacional, determinan que la
empresa se vea imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus
trabajadores.

  Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley
Nº 15.180.

II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio
significaría un  problema social irreparable.

III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al
Seguro por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir
gestionando negocios con el exterior, que permitan la reactivación
fabril, a fin de consolidar la unidad de trabajo y producción.

  Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el art. 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

  Extiéndase hasta el 31 de marzo de 1996,  a partir de sus respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a los 7 (siete) trabajadores de la
empresa NORTEL S.A. que estuvieren en condiciones de acceder al mismo. 

2

  Comuníquese, notifíquese, etc.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
Ayuda