DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. MANUFACTURA ALGODONERA URUGUAYA S.A.




Promulgación: 21/10/1987
Publicación: 27/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 559

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   Otórgase a la firma Manufactura Algodonera Uruguaya S. A. (MAUSA), la
exoneración prevista en el artículo 1º del decreto ley 15.548 del 17 de
mayo de 1984, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de U$s
184.066, que deben integrarse del 21 de abril de 1989.

   En virtud del artículo 3º del decreto ley 15.548, la empresa
Manufactura Algodonera Uruguaya S.A. (MAUSA), no gozará del beneficio de
canalización del ahorro previsto en el decreto ley 14.178, artículo 9º.

   La empresa Manufactura Algodonera Uruguaya S. A. (MAUSA) tendrá un
plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias y trámites
judiciales que sean necesarios ampliando el capital autorizado, y emitir
las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso
1º del presente numeral hasta el día 21 de abril de 1990. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 492/988 de 13/10/1988 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 433/987 de 21/10/1987 numeral 3.
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