DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CURTIEMBRE BRANAA S.A.




Promulgación: 18/06/1991
Publicación: 09/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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  Otórgase a la firma "Curtiembre Branáa S.A.", la exoneración prevista en el Art. 1° del decreto ley 15.548, con la redacción dada por el Art. 419 de la ley 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración, de US 1:353.900,00 que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1° de agosto de 1990 y el 31 de julio de 1992.

   En virtud del Art. 3° del decreto ley 15.548, el financiamiento del presente proyecto no dará lugar al beneficio de Canalización de Ahorro previsto en el decreto ley 14.178, Art. 9°.

   La empresa "Curtiembre Branáa S.S.", tendrá un plazo máximo para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarias ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al capital integrado, de acuerdo al Inciso 1° del presente numeral, hasta el día 31 de julio de 1993. 
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