RENUNCIA A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. FRAY MARCOS. FLORIDA




Promulgación: 25/04/2000
Publicación: 04/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 784
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la renuncia presentada por el Consorcio VIDEO
CABLE FLORIDA (integrado por las firmas ENORAL S.A. Y SILVERTAN S.A.), al
permiso otorgado por el Poder Ejecutivo para la prestación del servicio
de televisión para abonados, por las modalidades TDH, en la localidad de
Fray Marcos del departamento de Florida.-

RESULTANDO: I) que el referido Consorcio adquirió su calidad de
permisionario del servicio de televisión para abonados, según las
Resoluciones del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993 y 118/995
de 14 de febrero de 1995.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de
1998, se autorizó al solicitante, la explotación del servicio en la
localidad que por el presente solicita renunciar.-

CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 3ro., y por
el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre
de 1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no.
de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997 se autorizó a los permisionarios del servicio de televisión para
abonados del interior del país, a que amplíen su área de servicio en el
departamento en que estuvieren operando, empleando determinadas
tecnologías aptas para ello.-

III) que el proyecto de ampliación del área de servicio presentado por el
solicitante, fue aprobado por el Poder Ejecutivo según la Resolución del
Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998.-

IV) que el referido permisionario, se ha presentado voluntariamente a
declinar los beneficios de la autorización concedida.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por
la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, 14.670 de 23 de junio de 1977,
Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990 y a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Acéptase la renuncia presentada por el Consorcio VIDEO CABLE FLORIDA
(integrado por las firmas ENORAL S.A. y SILVERTAN S.A.) a la adjudicación
del servicio de televisión para abonados, por la modalidad TDH en la
localidad de Fray Marcos del departamento de Florida.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO
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