VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica - para
que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional 094/2011 de 1ro.
de marzo de 2011.
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó provisoriamente a
la Empresa PLUNA S.A. a operar servicios de transporte aéreo público
internacional regular de pasajeros, correo y carga, en carácter de vuelos
exploratorios en la ruta Montevideo - Bariloche - Montevideo, con una
frecuencia semanal desde el 1ro. de junio al 7 de julio de 2011, y tres
frecuencias semanales desde el 1ro. de julio de 2011 por un período de
(180) ciento ochenta días.
CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
26 de abril de 1974.
II) que la Resolución a aprobar fue dictada al amparo de lo dispuesto por
el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea, con el asesoramiento de la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil y a lo dictaminado por el Departamento
Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 094/2011 de 1ro. de marzo de 2011 (*),
dictada en los términos del artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977, por la cual se autorizó provisoriamente a la Empresa PLUNA S.A., a operar servicios de transporte aéreo público internacional
regular de pasajeros, correo y carga, en carácter de vuelos exploratorios en la ruta Montevideo - Bariloche - Montevideo, con una frecuencia
semanal desde el 1ro. de junio al 7 de julio de 2011 y tres frecuencias semanales desde el 1ro. de julio de 2011 por un período de (180) ciento ochenta días.