La notificación a la firma adjudicataria constituirá a todos los efectos
legales la ampliación del contrato correspondiente a que refieren las
disposiciones del Pliego de Condiciones Particulares y normas legales y
reglamentarias vigentes, siendo las obligaciones y derechos de la empresa
referida las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los pliegos y
su oferta.