AUTORIZACION LA TRANSMISION SIMULTANEA SOLICITADA POR PRESIDENCIA A EFECTOS DE INFORMAR A LA POBLACION ASPECTOS RELATIVOS AL PROYECTO DE INVERSION DE LA EMPRESA UPM




Promulgación: 30/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Presidencia de la República a los efectos de la utilización de la transmisión simultánea prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   RESULTANDO: que la referida transmisión tiene por finalidad que el Presidente de la República comunique a la ciudadanía aspectos relativos al proyecto de inversión celebrado entre la República Oriental del Uruguay y la empresa UPM;

   CONSIDERANDO: que se entiende que en el caso procede acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transmisión simultánea solicitada por la Presidencia de la República, para el día 1 de agosto de 2019, prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, a los efectos establecidos en el Resultando de la presente resolución.

2

   Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
Ayuda