DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. LANERA PIEDRA ALTA S.A.




Promulgación: 17/06/1992
Publicación: 06/08/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 597

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   Otórgase a la firma Lanera Piedra Alta S. A., la exoneración prevista
en el artículo 1º del decreto ley 15.548, con la redacción dada por el
artículo 419 de la ley 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha
exoneración, de U$S 277.000 que será aplicable a los ejercicios fiscales
comprendidos entre el: 1/11/991 - 31/10/993.

   En virtud del artículo 3º del decreto ley 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de Canalización del Ahorro
previsto en el decreto ley 14.178, artículo 9º.

   La empresa Lanera Piedra Alta S. A., tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo al Inciso 12 del presente numeral, hasta el
día 31/10/994.
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