RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. CORRECCIONES




Promulgación: 17/02/1988
Publicación: 26/02/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 138
   Visto: el error producido en la transcripción del artículo 133 de la
ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, publicada en el Diario Oficial
de fecha 18 de noviembre de 1987.

  Resultando: que de acuerdo al texto publicado se dice: "Directores
de División, debiendo decirse "Directores de Dirección".

  Considerando: las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el
artículo 3º de la ley 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987.

  Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas,

  El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Sustitúyese la expresión "Directores de División" consignada en el
artículo 133 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, por la de
"Directores de Dirección".

2

 Dése cuenta a la Comisión Permanente.

3

  Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - PEDRO BONINO GARMENDIA
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