PATRIMONIO CULTURAL. ARTE DEL PAYADOR, CANDOMBE, MURGA-CANCION, TANGO, MILONGA ORIENTAL




Promulgación: 04/03/2010
Publicación: 22/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 521
VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para
que se declare como patrimoniales los bienes inmateriales que se describen
a continuación, y en mérito a la vigencia de la ley número 18.035 de
20.10.06 que ratifica la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio
Inmaterial aprobada por la conferencia de la UNESCO el 17 de octubre de
2003.

RESULTANDO: I) La importancia identitaria de fenómenos culturales tales
como el arte del payador, el arte del tamboril afromontevideano (y el
complejo de hechos englobados bajo el nombre genérico de candombe) y la
murga montevideana, de especies musicales y líricas tales como el estilo o
triste, y de especies musicales, líricas y coreográficas tales como el
tango y la milonga, en sus distintas vertientes.

II) La renovada vigencia de tales fenómenos a través de sus expresiones
actuales y la necesidad de proceder a su salvaguardia.

III) Que corresponde señalar tanto aquellas expresiones propias de
regiones específicas del territorio uruguayo como las que son compartidas,
más allá de las fronteras políticas, con poblaciones de Argentina y/o
Brasil.

IV) Que el patrimonio relacionado con lo musical abarca en el territorio
uruguayo muchas otras expresiones (como el cielito, la cifra, la vidalita
y el pericón), que podrán ser contempladas en futuras resoluciones.

CONSIDERANDO: I) La necesidad de iniciar un proceso de reconocimiento de
los hechos inmateriales que forman parte del patrimonio cultural de la
población del territorio de la República Oriental del Uruguay.

II) El arte del payador posee una fuerte tradición en el territorio
uruguayo, si bien el improvisador de versos sobre un entramado musical
fijo constituye un fenómeno que se extiende a lo largo y ancho de América.
En el Río de la Plata es especialmente valorado el desafío entre dos
rivales, la payada de contrapunto, en la que ambos repentistas se
acompañan con guitarra. Dada por extinguida varias veces, esta tradición
ha demostrado su vitalidad y su permanencia hasta hoy. El Uruguay ha sido
cuna de varias figuras importantes de la historia del género, como Juan de
Nava (¿1855?-1921), Alcides de María (1858-1908), Cayetano Daglio
(1860-1924), Sócrates Fígoli (1875-1935), Arturo de Nava (1876-1932), Juan
Pedro López (1885-1945), Clodomiro Pérez (1899-1985), Pelegrino Torres
(1900-1971), Pedro Medina (1900-1955), Luis Alberto Martínez (1905-1972),
Héctor Umpiérrez (1915- ), Aramís Arellano (1918-1998), Carlos Molina
(1927-1998), Juan Carlos Bares (1930-1999), Julio Gallego (1931- ), Tabaré
De Paula (1934-1983), Gabino Sosa (1935-2003), Waldemar Lagos (1937- ),
Abel Soria (1938- ) y José Curbelo (1949- ).

III) La "llamada" de los tamboriles afromontevideanos constituye un toque
polifónico tradicional hecho con tres a cuatro tamaños de tamboriles
("chico", "repique" y "piano", y eventualmente "bajo" o "bombo") que
poseen un comportamiento predeterminado, entre fijo ("chico") e
improvisativo ("repique") y pueden multiplicarse en varios instrumentos de
cada tamaño, llegando a sumar varias decenas de participantes. Se trata de
tambores de construcción local en forma de barril, con un solo parche en
el extremo de mayor diámetro, que en la "llamada" se tocan con palo o
baqueta en una mano y la otra mano desnuda, al tiempo que los músicos
avanzan por las calles de la ciudad. La marcha de los tamborileros puede
ir acompañada por bailarines y por personajes de remoto origen africano
("mama vieja", "gramillero", y "escobero" o "escobillero"). El Gobierno
Departamental de Montevideo institucionalizó hacia 1956 un desfile de
"llamadas", como una de las manifestaciones del Carnaval montevideano,
desfile en el que fue incorporado el reciente personaje de la "vedette".
El arte del tamboril constituye por otra parte la base de las agrupaciones
de negros que cantan en los escenarios del Carnaval, y es el eje de
diversas manifestaciones culturales que reciben el nombre genérico de
candombe.

IV) Es aquí que corresponde abrir un capítulo diferenciado dentro del
mismo concepto genérico: el de las expresiones de música popular
etiquetadas como candombe. La más antigua de ellas es la de uno de los
géneros de canción de las agrupaciones carnavalescas de negros. Le siguen
el candombe tanguero, cultivado por las orquestas de tango especialmente
entre las décadas del 1930 y 1950, el candombe de orquestas de baile
"tropicales" desarrollado a fines de la década del 1950, y las diversas
expresiones que se instalan en la canción popular urbana desde su
introducción en el folclorismo hacia mediados de la década del 1960, al
tiempo que se producían interacciones de candombe y jazz, y de candombe y
rock. En todos esos casos, el término candombe designa una música
originada en territorio uruguayo sobre el entramado polifónico y
polirrítmico de la "llamada" de tamboriles.

V) La murga montevideana es un fenómeno cultural popular de fuerte
tradición dentro del carnaval, surgido hacia 1920. Se trata de grupos
corales de una docena de miembros (salvo excepción, todos varones hasta la
década del 1990), acompañados por tres percusionistas (que tocan bombo,
tambor redoblante y platillos de entrechoque), grupos en los que el
elemento teatral sirve para comentar satíricamente situaciones sociales y
políticas. El conjunto lleva los rostros pintados, usa ropas grotescas o
fantasiosas, y se mueve con una géstica característica, mientras canta a
varias voces, la principal de las cuales suele no ser la voz más aguda. La
emisión vocal es nasal, especialmente en los registros agudos. La batería
de la murga ha desarrollado un estilo muy característico, en torno de una
percepción rítmica y colorística muy particular. En las últimas cuatro
décadas, la murga ha experimentado una fuerte renovación, tanto en el
tratamiento de sus textos, como en su faz teatral (estructuración de la
actuación, vestuario, maquillaje) y en los diversos toques de su batería,
cuyas expresiones más difundidas son la "marcha camión" y el "candombeado"
de murga.

VI) La murga ha influenciado también la canción popular urbana,
engendrando una canción murguística o "murga-canción", apoyada en
elementos del lenguaje de la murga de carnaval, especialmente su
comportamiento coral y su batería de bombo, redoblante y platillos. Este
género, desarrollado desde alrededor de 1970, ha adquirido rápidamente una
enorme importancia.

VII) El estilo (llamado indistintamente triste en territorio uruguayo) es
una especie musical y lírica de gran refinamiento, tanto en su
construcción poética y musical como en la tradición de su ejecución en el
canto y en el acompañamiento guitarrístico. El texto es estructurado
mayoritariamente en décimas, y la música posee una rigurosa forma
tripartita A B A'. El Uruguay ha compartido el estilo con Argentina.

VIII) El tango ha sido, en su extensa historia, una de las expresiones
identitarias más potentes de los pueblos de ambas orillas del Río de la
Plata. Binario primero, cuaternario después, estrechamente vinculado en
sus orígenes con una revolucionaria coreografía de pareja abrazada, ha ido
estableciendo características específicas de gesto expresivo y de color
sonoro.

IX) La milonga es otra expresión identitaria compartida con regiones de
países vecinos: una extensa zona de la Argentina rioplatense y, en alguna
medida, el estado brasileño de Río Grande do Sul. Se trata en realidad de
varias especies musicales que reciben el mismo nombre, y que van desde una
vertiente bailable, movida, que se da hacia fines del siglo XIX y regresa,
ya en el XX, en el contexto de las orquestas de tango, y una vertiente
generalmente más lenta, cantada (y acompañada en principio por guitarra),
que continúa gozando de una notable vigencia en la canción popular
compuesta e interpretada en el Uruguay. Existen, desde el siglo XIX, una
milonga uruguaya o "milonga oriental", y una milonga porteña o pampeana,
que interactúa en el último medio siglo con la oriental. Existe asimismo
una milonga achamarrada.

X) A efectos de dar cumplimiento a las previsiones de la Convención para
la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial, corresponde la inscripción de
esta declaratoria en el Inventario del Patrimonio Inmaterial que llevará
la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.

ATENTO: A lo establecido en el artículo 34 de la Constitución de la
República, a lo previsto por la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971 y por
el decreto reglamentario 536 de 1° de agosto de 1972, a lo previsto en la
ley 18.035 de 20 de octubre de 2006, y a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación:

                    EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DECLARASE que forman parte del patrimonio inmaterial del país las
siguientes expresiones culturales:

- El arte del payador, tanto en su formulación de improvisación individual
como en su expresión máxima, la payada de contrapunto.

- El toque de "llamada" de los tamboriles afromontevideanos, y las
distintas manifestaciones que se cobijan bajo el nombre genérico de
candombe.

- La murga montevideana como expresión multifacética, así como la "marcha
camión" y el "candombeado" de su batería de bombo, redoblante y platillos,
y la "murga-canción" como manifestación de una interacción entre la
tradición murguística y la canción popular urbana.

- La especie musical y lírica conocida como estilo o triste.

- El tango, en tanto especie musical, lírica y coreográfica.

- La milonga en sus distintas vertientes, y en especial la milonga
uruguaya o "milonga oriental" y la milonga achamarrada.

2

 INSCRIBANSE las declaratorias que se formulan en esta resolución en el
Inventario del Patrimonio Inmaterial.

3

 COMUNIQUESE a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia
de la República; al Ministerio de Relaciones Exteriores; a la Comisión
Nacional Uruguaya para la UNESCO; a la Biblioteca Nacional; a la ANEP; a
la Universidad de la República; al Consejo de Derechos de Autor y a la
Representación de la UNESCO acreditada en la República.

4

 PUBLIQUESE.

5

 CUMPLIDO, vuelvan estas actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural
de la Nación para su registro y posterior archivo.
Electr. 0654/010

RICARDO EHRLICH
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