Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución Nº 8/997 de 03/01/1997 numeral 1.
Visto: la gestión promovida por la Sociedad "S.A.T. Ltda." (Servicio
de Asistencia y Traslado Limitada);
Resultando: que el objeto del pedido es la creación de un Servicio de
Emergencia con Unidades Móviles, que funcionará en la ciudad de
Piriápolis, 3a. Sección Judicial del Departamento de Maldonado;
Considerando: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes a efectos de obtener la debida
autorización;
II) que la Dirección General de la Salud y la División Asistencia
Médica Colectiva y Privada del Ministerio de Salud Pública no formulan
objeciones a lo solicitado;
Atento: a lo dispuesto por los Decretos Nos. 578/986 de 26 de agosto
de 1986 y 495/989 de 31 de octubre de 1989;
El Presidente de la República
RESUELVE
Autorízase la creación de un Servicio de Emergencia con Unidades
Móviles, propiedad de la Sociedad "S.A.T. Ltda." (Servicio de Asistencia y
Traslado Limitada), que funcionará en la ciudad de Piriápolis, 3a. Sección
Judicial del Departamento de Maldonado, bajo la Dirección Técnica del
doctor Eduardo Nelson Rodríguez Casal.