UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES. LLAMADOS PARA LA ADQUISICION DE FRUTAS Y HORTALIZAS




Promulgación: 11/05/2009
Publicación: 21/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1187
VISTO: lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 18.465 de 11 de
febrero de 2009, que establece que la Unidad Centralizada de Adquisiciones
(UCA) tiene competencia para realizar la importación y adquisición de
alimentos por cuenta y orden de personas jurídicas de derecho privado, con
autorización otorgada por el Poder Ejecutivo.

RESULTANDO: que a través de la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA)
se obtuvieron precios muy convenientes en el Llamado Nº 10/009 para la
adquisición de papa de origen nacional y/o importado.

CONSIDERANDO: I) que ante la incertidumbre sobre el comportamiento de los
precios de algunas frutas y hortalizas en el mercado minorista, se
entiende conveniente realizar una autorización para la compra de esos
productos con destino a personas jurídicas de derecho privado, en el caso
de las hipótesis previstas en la referida Ley y hasta el mes de setiembre
inclusive.

II) que la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) deberá evaluar
oportunamente la conveniencia de realizar las compras que se autorizan a
través de la presente Resolución.

ATENTO: a lo dispuesto por el 3º de la Ley Nº 18.465 de 11 de febrero de
2009.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar a la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) a realizar
Llamados para la adquisición de frutas y hortalizas de origen nacional y/o
importado, por cuenta y orden de personas jurídicas de derecho privado,
hasta el mes de setiembre de 2009 inclusive, al amparo de lo dispuesto por
el artículo 3º de la Ley Nº 18.465 de 11 de febrero de 2009, debiendo
oportunamente la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) evaluar la
conveniencia de realizar tales adquisiciones.

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
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