RENDICION DE CUENTAS




Promulgación: 30/05/1990
Publicación: 04/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 588

3

   El Grupo Técnico de Trabajo analizará la normativa a que hace
referencia el numeral 1º de la presente resolución, así como las
sugerencias recibidas de los órganos y organismos consultados, debiendo
presentar sus informes o proyectos dentro de los treinta días hábiles.
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