CONTRATACIONES DEL ESTADO. POLITICA MIGRATORIA




Promulgación: 03/06/1993
Publicación: 21/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 523
   Visto: lo dispuesto por los decretos 289 y 290 de 26 de junio de 1990;
334 de 26 de julio de 1990; 565 de 23 de junio de 1991 y la ley 16.340
de 23 de diciembre de 1992 y demás disposiciones que establecen
facilidades para el ingreso y la residencia en territorio nacional de
ciudadanos extranjeros que posean recursos de carácter económico, en
dinero u otras formas, que signifiquen un beneficio para el país.

Resultado: I) Que por intermedio de las normas citadas se ha
desarrollado una política migratorio tendiente a obtener el ingreso al
país y la residencia de ciudadanos extranjeros que cuenten con medios
económicos suficientes para la realización de inversiones que tiendan
a mejorar las condiciones económicas de nuestro país;

II) Que también se reglamentó el otorgamiento de pasaportes común a
aquellos extranjeros que realicen inversiones en dinero, en títulos,
valores públicos o en otras de análoga significación.

Considerando: I) La conveniencia y la necesidad de dar a conocer a
nivel internacional el nuevo régimen migratorio para poder obtener los
resultados perseguidos por la política desplegada;

II) Que asimismo los decretos citados suponen un estudio y una
calificación de cada solicitante, elemento que necesariamente debe ser
realizado con la colaboración de asesores establecidos en diversos
países de los postulantes;

III) Que a los efectos indicados anteriormente, se estima conveniente
realizar un llamado a empresas interesadas en promover el régimen
migratorio y en actuar como asesores del gobierno uruguayo, en
aquellos países que cuenten con personas interesadas.

Atento: a lo precedentemente expuesto,

El Presidente de la República

                         RESUELVE:

1

  Cométase al Ministerio del Interior la instrumentación de un llamado
internacional a realizarse entre empresas interesadas en promover por
regiones o por países el régimen migratorio estatuído por los Decretos y
Leyes antes referidos facilitando así la radicación en el territorio de la
República de migrantes con capital e incentivando la inversión extranjera
en áreas que se consideren relevantes para el desarrollo nacional.

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - JOSE MARIA GAMIO
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