DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 19/01/2000
Publicación: 27/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 165
VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para que sean declarados Monumentos Históricos un conjunto de objetos
religiosos que componen el acervo del Museo San Bernardino ubicado en el
Convento de los Padres Conventuales de la ciudad de Montevideo;

RESULTANDO: I) que los objetos inventariados a fojas 2, 3, 4 y 5 del
expediente Nº 0776/99 de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
tienen un importante valor artístico, cultural e histórico;

II) que la mayoría de los objetos que integran el acervo del actual Museo
San Bernardino - Convento de los Padres Conventuales - pertenecían a la
Venerable Orden Tercera Franciscana;

III) que en 1996 los bienes se trasladan a los Conventuales y se crea el
Museo San Bernardino con dicho acervo;

CONSIDERANDO: I) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio
que los bienes inventariados representan un importante valor histórico
que es necesario preservar;

II) que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo
solicitado, declarando Monumento Histórico el conjunto de bienes
inventariados en las actuaciones administrativas referidas en el numeral
I del Capítulo de Resultando;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14,040 del
20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536 del 1 de agosto de
1972,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 DECLARASE Monumento Histórico los objetos religiosos que forman el
acervo del Museo San Bernardino ubicado en el Convento de los Padres
Conventuales de la ciudad de Montevideo que resultan del inventario
practicado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación a fojas
2, 3, 4 y 5 de las actuaciones administrativas Nº 0776/99 que forman
parte de la Resolución;

2

 LOS bienes quedarán afectados por las siguientes servidumbres:
a) deberán permanecer en el Museo San Bernardino bajo la custodia de la
   Dirección del Museo;
b) los trabajos de mantenimiento que deban realizarse deberán constar con
   la autorización previa de la Comisión del Patrimonio Cultural de la
   Nación;
c) de ser necesario cualquier traslado de los bienes declarados Monumento
   Histórico deberá constar con la autorización previa de la Comisión del
   Patrimonio Cultural de la Nación;

3

 COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, a la Intendencia
Municipal de Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, al
Arzobispado de Montevideo, a la Dirección del Museo San Bernardino y a la
Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación;

4

 CUMPLIDO, vuelva a la Comisión del Patrimonio para su registro y
archivo;

SANGUINETTI - YAMANDU FAU
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