CONVALIDACION DE LO ACTUADO POR LA COMISION INTERVENTORA DE LA ASOCIACION CIVIL HOSPITAL ITALIANO




Promulgación: 14/08/2012
Publicación: 22/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1.046 de 1° de julio de 2010,
que dispuso la intervención de la Asociación Civil Hospital Italiano, por
el plazo de 60 días, designando como interventores a los Doctores Ruben
Waisrub y Juan Dati y al Señor Francisco Amorena;

RESULTANDO: I) que por similares de 6 de setiembre de 2010 y 29 de
diciembre de 2010 fue prorrogada dicha intervención, por el término de 120
días y por el plazo máximo legal, respectivamente, por lo que finalizó su
actuación el 30 de junio de 2011;

II) que los objetivos de la referida intervención fueron: a) reencauzar el
orden institucional del Hospital Italiano; b) garantizar la continuidad de
los servicios asistenciales y c) generar un período de transición en el
cual se estudien, a modo de solución definitiva, mecanismos de gestión de
la Institución que garanticen un funcionamiento adecuado a sus fines:

CONSIDERANDO: I) que a los efectos de cumplir los referidos objetivos, la
Comisión Interventora desplegó una adecuada actuación, cuyos aspectos más
destacados fueron: a) mantener la Institución en funcionamiento, logrando
encauzar el conflicto gremial existente al momento de su asunción,
mediante el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y asegurando
la fuente laboral de todos los funcionarios; b) la realización de un
Llamado Público a interesados, para que se hicieran cargo de la gestión de
la Institución proceso que no pudo culminar por una serie de dificultades
que encontró la Comisión Interventora y que oportunamente informó al
Ministerio de Salud Pública; c) la presentación de un Concurso voluntario
en el Juzgado Letrado de Concursos de Segundo Turno, frente a las grandes
dificultades financieras en que se encontraba la Institución y con la
finalidad de dar certezas jurídicas y económicas al pasivo existente: d)
el proceso concursal y en el marco de una co-administración con Asociación
Uruguaya de Peritos (AUPE), designada interventora judicial, se
rescindieron todos los contratos existentes, los que prácticamente en su
totalidad fueron renegociados en condiciones más ventajosas para el
Hospital. Asimismo, en ese marco, se rescindieron unilateralmente las
cesiones de créditos que comprometían seriamente los ingresos de la
Institución; e) se efectuaron importantes inversiones que permitieron
restaurar aspectos edilicios y mejorar el equipamiento del Hospital,
redundando en una mejora notoria de los servicios brindados y f) que con
conocimiento previo del Poder Ejecutivo, se promovió una denuncia penal
ante el Juzgado del Crimen Organizado de Segundo Turno, a los efectos de
someter a la justicia el análisis de hechos que eventualmente podrían
configurar delitos;

II) que la Comisión Interventora informó periódicamente a la finalización
de cada uno de sus períodos, así como en diferentes oportunidades en que
lo consideró necesario, al Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de
Salud Pública y de Educación y Cultura, de las actividades cumplidas y a
desarrollar en su gestión;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el Decreto -
Ley N° 15.089 de 23 de diciembre de 1980 y la Ley N° 9.202 de 12 de enero
de 1934 "Orgánica de Salud Pública";

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Convalidar lo actuado por la Comisión Interventora de la Asociación Civil
Hospital Italiano.

2

 Evaluar positivamente la gestión cumplida por la referida Comisión
Interventora durante su año de actuación, teniendo presentes las
recomendaciones realizadas por la misma.

3

 Agradézcanse los importantes servicios prestados.

4

 Comuníquese.

JOSÉ MUJICA - JORGE VENEGAS - RICARDO EHRLICH
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