Determínase que estas autorizaciones tendrán el carácter de precarias y
revocables en cualquier momento, sin derecho a indemnización de clase
alguna, y se regirán por las condiciones previstas en el proyecto
respectivo o las que impusiere la Dirección Nacional de Comunicaciones
para complementarlo o adecuarlo a las disposiciones legales o
reglamentarias. Cuando existiere discrepancias o contradicciones entre el
proyecto presentado y las normas reglamentarias y técnicas dictadas por
la Dirección Nacional de Comunicaciones, prevalecerán estas últimas.