AUTORIZACION DEL USO DE LAS CADENAS DE TRANSMISION SIMULTANEA AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. 1° DE MAYO 2017




Promulgación: 26/04/2017
Publicación: 03/05/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
                          
   VISTO: la solicitud planteada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos de utilizar la transmisión simultánea prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   RESULTANDO: que la referida transmisión tiene por finalidad poder difundir el mensaje del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social Ernesto Murro el próximo 1° de mayo de 2017, con motivo de celebrarse el Día Internacional de los Trabajadores;

   CONSIDERANDO: que conforme a lo establecido en la norma mencionada en el Visto de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo disponer la precitada transmisión simultánea;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la transmisión simultánea prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, para el día 1° de mayo de 2017, con motivo de celebrarse el Día Internacional de los Trabajadores.

2

   Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

 TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO - CAROLINA COSSE
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