APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. GOIANIA. REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL




Promulgación: 22/09/1987
Publicación: 08/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 436
   Visto: que la Embajada de la República en la República Federativa del
Brasil, por nota número 33/987, de fecha 13 de mayo de 1987, dirigida al
Ministerio de Relaciones Exteriores, sugiere la instalación de un
Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Goiania, en dicho
país.
   Resultando: que el Gobierno del Brasil ha otorgado la necesaria
anuencia al indicado propósito, de acuerdo a lo que estipula el artículo 4
de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de fecha 24 de
abril de 1963.
   Considerando: que la existencia de una oficina consular de la República
en dicha ciudad habrá de contribuir al incremento de la cooperación entre
ambos estados, desde que Goiania es sede de una importante muestra
ganadera.
   Atento: a lo expuesto, a lo que determinan la Ley Orgánica Consular y
su respectiva Reglamentación y a lo informado por la Dirección de Asuntos
Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores,

                      El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

   Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de
Goiania, Estado de Goiaz, República Federativa del Brasil.

2

 Dicha Oficina Consular tendrá jurisdicción local.

3

 Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ALBERTO RODRIGUEZ NIN
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