A los efectos del control y seguimiento, la COOPERATIVA AGROPECUARIA
LIMITADA DE AGUA PARA RIEGO (CALAGUA) deberá documentar ante la Dirección
de Proyectos de Desarrollo anualmente y durante los años 0 a 10 de la
puesta en marcha del proyecto, el desarrollo del mismo, sin perjuicio de
toda información que le sea requerida.