VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea para que sea
aprobada la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 184/998
de fecha 17 de julio de 1998.-
RESULTANDO: I) que por la precitada Resolución se aprobó la
Reglamentación de los tiempos máximos de vuelo y descanso de las
tripulaciones de aeronaves explotadas por empresas nacionales.-
II) que es necesario adecuar en forma urgente la tabla de tiempos de
vuelo y de servicio establecidas en el Decreto 130/998 de 19 de mayo de
1998, adecuándolo a las actuales necesidades operativas de las aerolíneas
y a los requerimientos de seguridad operacional.-
CONSIDERANDO: que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el
artículo 2do. de la reglamentación de la Ley de 5 de diciembre de 1940,
aprobada por el Decreto 1.124/941 de fecha 4 de junio de 1941.-
ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE: