Autorízase a la empresa FANTOL S.A. (SANTA ROSA DEL DAYMAN) a
usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3º inciso 1º del
Decreto 291/995 (otorgamiento de un crédito por Impuesto al Valor Agregado
en la adquisición de bienes y servicios en plaza) por hasta la suma de
U$S 242.000.