El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: que el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), propicia la declaración de caducidad de la autorización otorgada a "CAUCES FM", por Resolución de esa Secretaría de Estado de 17 de junio de 2014 (N° 566/014);
RESULTANDO: I) que dicho acto otorgó a "CAUCES FM" el permiso de uso de la frecuencia compartida 89.1 MHz en la localidad de Soca, departamento de Canelones;
II) que "CAUCES FM" no cumplió con solicitar su renovación de conformidad con el Decreto N° 417/010, de 30 de diciembre de 2010;
CONSIDERANDO: I) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la Comisión Honoraria Asesora de Servicios de Comunicación Audiovisual (CHASCA) y la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, emitieron informe favorable a lo peticionado;
II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), en virtud de lo actuado e informado, sugiere proyectar resolución declaratoria de la caducidad;
III) que fue conferida la vista previa de precepto en cumplimiento de las garantías del debido proceso;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto N° 417/010, de 30 de diciembre de 2010 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Declárase la caducidad de la autorización otorgada a "CAUCES FM" por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura de 17 de junio de 2014, para el uso de la frecuencia compartida 89.1 MHz, en la localidad de Soca, departamento de Canelones.