Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud presentada por la Corporación Médica de Paysandú
(CO.ME.PA.);
Resultando: que el objeto del pedido es la instalación de una Unidad
de Cuidados Especiales de Adultos en el Sanatorio Modelo de la Ciudad y
Departamento de Paysandú;
Considerando: I) que se dió cumplimiento a las disposiciones legales
vigentes en la materia;
II) que las Divisiones Salud Ambiental y Arquitectura y la Dirección
Nacional de Bomberos informan favorablemente al respecto;
III) que de acuerdo con lo expresado por la División Asistencia Médica
Colectiva y Privada y la Dirección General de la Salud no formulan
objeciones a lo solicitado;
Atento: a lo establecido en el Artículo 14 del Decreto Ley Nº 15.181
de 21 de agosto de 1981 y por los Decretos 578/986 de 26 de agosto de
1986 y 495/989 de 31 de octubre de 1989;
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la Corporación Médica de Paysandú (CO.ME.PA.) la
instalación de la Unidad de Cuidados Especiales de Adultos que funcionará
en el Sanatorio Modelo de la Ciudad y Departamento de Paysandú, bajo la
Dirección Técnica del doctor Mario Rodríguez Verde, comprendiendo cuatro
camas de Cuidados Intermedios y dos camas de Cuidados Intensivos.