CESE DE LA INTERVENCION DE LA ASOCIACION CIVIL "FEDERACION URUGUAYA DE BOXEO"




Promulgación: 16/03/2020
Publicación: 30/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la situación relativa a la Asociación Civil "Federación Uruguaya de Boxeo", con sede en el Departamento de Montevideo;

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Ministerio de Educación y Cultura dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas N° 638/019 de 4 de julio de 2019, se dispuso la Intervención de dicha Institución, por el término de seis meses prorrogables hasta por seis meses más, a partir de la toma de posesión de su cargo por parte del Interventor designado y con el objeto de regularizar el padrón social, reformar el Estatuto y llevar adelante los procedimientos para la realización de un acto eleccionario a fin de encauzar a la mencionada Institución a su normal actividad y funcionamiento;

   II) que el señor Interventor, Doctor Andrés Supervielle, se notificó de dicha Resolución el 8 de julio de 2019, según surge de fojas 460 de las presentes actuaciones;

   III) que el señor Interventor presentó informe de su gestión a fajas 464, en el cual manifestó haber cumplido la labor encomendada, detallando las tareas realizadas;

   CONSIDERANDO:  I) que la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales consideró que el señor Interventor ha cumplido con los cometidos encomendados, remitiendo las actuaciones a informe de la Fiscalía de Gobierno de Primer Turno;

   II) que asimismo la Fiscalía de Gobierno de Primer Turno comparte el informe técnico de la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales dando por finalizada la Intervención dispuesta;

   III) que de acuerdo a lo que surge de obrados, corresponde dar por finalizada la gestión del Interventor designado en su oportunidad y aprobar lo actuado por el mismo, declarando el cese de la Intervención sin más trámite;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 1 y 3 del Decreto - Ley N° 15.089 de 12 de diciembre de 1980, el apartado n) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 798/968 de 6 de junio de 1968 y a lo informado por la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales y la Fiscalía de Gobierno de Primer Turno;

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
              - en ejercicio de las atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Declárase el cese de la Intervención de la Asociación Civil "Federación Uruguaya de Boxeo", con sede en el Departamento de Montevideo.

2

   Apruébase lo actuado por el señor Interventor, Doctor Andrés Supervielle.

3

   Comuníquese a las Fiscalías de Gobierno de Primer y Segundo Turno, a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales y a la Secretaría Nacional de Deporte.

4

   Pase a la Dirección General de Registros, a la cual se encomienda la notificación a los interesados y demás efectos.

5

   Cumplido, archívese.

   PABLO DA SILVEIRA
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